Juntas de facultad o escuelas

La junta de facultad o escuela es el órgano de gobierno de la facultad o escuela correspondiente y es presidida por su decano o director. Los acuerdos que adopta en el ámbito de sus competencias vinculan a otros órganos de la facultad o escuela.

Funciones

  • Elegir al decano o director, así como revocarlo, en aquellos casos en los que sea procedente.
  • Aprobar inicialmente las propuestas de los planes de estudios y sus correspondientes modificaciones.
  • Aprobar la memoria anual de actividades.
  • Aprobar la distribución de los fondos asignados a la facultad o escuela.
  • Gestionar la distribución de los espacios que le sean asignados, de acuedo con las necesidades docentes y de investigación de la Universidad.
  • Crear comisiones con la representación de los distintos sectores de la comunidad uiversitaria presididas por el decano o director o por un vicedecano o subdirector para estudiar los problemas específicos y la reforma de cada uno de los estudios.