Juntas de facultad o escuelas
La junta de facultad o escuela es el órgano de gobierno de la facultad o escuela correspondiente y es presidida por su decano o director. Los acuerdos que adopta en el ámbito de sus competencias vinculan a otros órganos de la facultad o escuela.
Funciones
- Elegir al decano o director, así como revocarlo, en aquellos casos en los que sea procedente.
- Aprobar inicialmente las propuestas de los planes de estudios y sus correspondientes modificaciones.
- Aprobar la memoria anual de actividades.
- Aprobar la distribución de los fondos asignados a la facultad o escuela.
- Gestionar la distribución de los espacios que le sean asignados, de acuedo con las necesidades docentes y de investigación de la Universidad.
- Crear comisiones con la representación de los distintos sectores de la comunidad uiversitaria presididas por el decano o director o por un vicedecano o subdirector para estudiar los problemas específicos y la reforma de cada uno de los estudios.
- Decanos de facultad y directores de escuela universitaria.
- Vicedecanos de facultad y subdirectores de escuela universitaria.
- Jefes de estudios.
- Secretarios de facultad y de escuela universitaria.
- Los directores de los departamentos implicados en la docencia de al menos una asignatura básica u obligatoria completa de los estudios que se imparten en el centro.
- Un número de estudiantes igual al cincuenta por ciento del número de profesores del apartado anterior, redondeado por exceso, en el que se garantice la representación de cada uno de los títulos de grado adscritos al centro, el resto se repartirá proporcionalmente al número de estudiantes de los diferentes títulos de grado.
- Los directores de los títulos de grado oficiales de máster adscritos a la facultad o escuela, hasta un máximo de tres, elegidos entre ellos.
- Un representante de los estudiantes para cada titulación oficial de máster que esté adscrito a la facultad o escuela, hasta un máximo de tres, elegido entre ellos.
- Dos representantes del personal de administración y servicios que desarrollen las correspondientes funciones en la facultad o escuela.
- El administrador del centro.